Hola a todos;
Como ya sabeis pronto expira el plazo para la adecuación de los edificios públicos a nueva reglamentación sobre la eficiencia energética por la que se han de mantener 21ºC calefacción en invierno y 26ºC en verano con unas determinadas condiciones de humedad.
Ahora bien, la nueva norma hace una salvedad excluyendo aquellas instalaciones que uitlicen energía no convencional.
Alguien sabría decirme que se define como una energía no convencional?
Las trigeneraciones estarían dentro de estas energías?
Existe algún documento oficial donde se mencione que energías son convencionales y cuáles no?
Muchas gracias.
Saludos.



