Estimados colegas:
La ley en Europa, obliga a los profesionales a tres cosas mínimas en cuestión de Residuos y manipulación de Refrigerantes:
1º)Disponer de contrato con Gestor de Residuos Autorizado, que tenga actividad en la comunidad que se trate.
2º)Estar dado de alta como Productor de Residuos de más ó menos de 10 Toneladas, con las consiguientes declaraciones anuales que está obligado.
3º)A disponer medios para la Recuperación de refrigerantes, ya que es un delito Ecológico su Emision, los que tienen cloro por su afectación a la capa de Ozono y todos porque afectan al calentamiento Global de la Tierra.
Independientemente, de otros preceptos a cumplir con el Transporte, con ADR para cantidades de más de 1 tonelada, el llevar siempore consigo enla furgoneta el albarán que identifique el producto etc., las denuncias por cualquier incumplimiento, son siempre dolorosas y van en contra de las Leyes Medioambientales que son delitos penales.
Otros preceptos están a punto de aparecer como obligatorios en Europa, como es la Certificación de Manipuladores de Refrigerantes, que será obligatoria dentro de muy poco, y que avisaremos puntualmente.
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Saludos fgutierrez


